Indulgencia: un don de gracia que no conoce límites

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(foto: pixabay.com)

(del Blog de la Academia Alfonsiana)

Entre las palabras clave que caracterizan el Jubileo como un momento importante en la vida de la Iglesia y como un acontecimiento social, se encuentra sin duda la indulgencia: «una de las diversas formas mediante las cuales la gracia del perdón» continúa derramándose «con abundancia sobre el santo Pueblo fiel de Dios» (cf. Spes non confundit, n. 5). Vivirla permite, de hecho, «descubrir cuán ilimitada es la misericordia de Dios», y «no es casualidad —como destaca el papa Francisco en la Bula de Indicación del Jubileo Ordinario del año 2025— que en la antigüedad el término «misericordia» fuera intercambiable con el de «indulgencia», precisamente porque pretende expresar la plenitud del perdón de Dios que no conoce límites» (cf. Ibíd., n. 23).

Nos gusta pensar – y encontramos confirmación de ello en los pasajes iniciales de las disposiciones emanadas de la Penitenciaría Apostólica para la obtención de la indulgencia plenaria en el Año Santo 2025 – que incluso antes de “darse” como “práctica” la indulgencia debe ser “comprendida” y “vivida” como “don de gracia”. De ahí el compromiso, podríamos decir pastoral, además de moral, de «animar las almas de los fieles a desear y alimentar el piadoso deseo de obtener la indulgencia» como «don único, obtenido en virtud de la mediación de la Iglesia» (cf. Normas sobre la concesión de las indulgencias jubilares) que, en virtud del poder de atar para desatar, interviene en favor de los fieles en Cristo, abriéndoles el tesoro de los méritos del Hijo de Dios y de los santos para que obtengan del Padre misericordioso la remisión de la pena temporal, consecuencia, junto a la pena eterna, del pecado (cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1478).

Si se entiende en su contexto propio, es decir, el sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación (cf. Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 1471-1479), nos parece evidente que la indulgencia debe ser entendida también, junto a otros, como un “medio” de santificación personal y comunitaria en el camino de la vida cristiana, “que necesita también –como subraya Francisco– momentos fuertes para alimentar y reforzar la esperanza, compañera insustituible que permite vislumbrar la meta: el encuentro con el Señor Jesús” (Spes non confundit, 5). ..//

Esta luz nos permite, en nuestra modesta opinión, “volver” al corazón de la indulgencia jubilar, como paso (de retorno) para (re)descubrir la misericordia ilimitada e incondicional de Dios que siempre llama (cf. Spes non confundit, 23). ..//

Estas disposiciones y condiciones pueden ser “simplemente cumplidas”, y esto no excluye la posible concesión de una indulgencia solo parcial (cf. normas, n. 7), o, como aclara el Papa Pablo VI, “vividas plenamente” en la perspectiva de un “sano uso de las indulgencias” que “solo para recordar las cosas más importantes, enseña ante todo cuán ‘triste y amargo es haber abandonado al Señor Dios'” y dice también “cuán íntimamente estamos unidos en Cristo unos con otros y cuánto la vida sobrenatural de cada uno puede beneficiar a los demás, para que también estos puedan unirse más fácil e íntimamente al Padre”. ..//

Si los fieles ofrecen indulgencias en sufragio por los difuntos, cultivan la caridad de forma excelente y, al elevar su mente al cielo, ordenan con mayor sabiduría las cosas terrenas» (Ibíd., n. 8).

…el teólogo-pastor tiene la tarea de traducir al mundo actual esta riqueza de significado personal y comunitario de la realidad de la indulgencia…

prof. Antonio Donato CSsR

(se puede leer completo el original en italiano en el sitio de la Academia Alfonsiana)